Es importante saber que cuando se contrata un Plan de Pensiones entran en juego tres sujetos diferentes. Hoy analizamos a fondo quién es el promotor, partícipe y beneficiario, las tres figuras que constituyen los Planes de Pensiones. […]
Es importante saber que cuando se contrata un Plan de Pensiones entran en juego tres sujetos diferentes. Hoy analizamos a fondo quién es el promotor, partícipe y beneficiario, las tres figuras que constituyen los Planes de Pensiones. Kentucky negras de vaqueras Biker Botas Western B7RxH
- Promotor:
Este sujeto puede ser cualquier entidad, corporación, sociedad, empresa, asociación, sindicato o colectivo de cualquier clase, que insten a la creación o participen en el desarrollo de un Plan de Pensiones. En el caso de que el promotor sea una empresa, lo que se promueve es un Plan de Pensiones de Empresa para sus empleados. Y si por ejemplo se trata de una asociación, estaríamos ante un Plan de Pensiones Asociado para todos sus componentes, afiliados, socios, etc.
En los Planes de Pensiones de Empresa, el promotor puede aportar dinero al Plan de Pensiones junto con el partícipe, o hacerlo de forma independiente. En el caso de los Planes de Pensiones Asociados, el promotor no aporta dinero, y si nos centramos en los Planes de Pensiones Individuales, el promotor es una entidad financiera y tampoco aporta económicamente.
- Partícipe:
Esta figura es el titular del Plan de Pensiones, es decir, la persona física para la cual se crea el Plan de Pensiones y es quien aporta su ahorro al producto (como hemos comentado antes, en los Planes de Pensiones de Empleo también puede hacer aportaciones el promotor).
A la hora de contratar un Plan de Pensiones, el partícipe adquiere unos derechos, como por ejemplo recibir el Certificado de Pertenencia a éste, así como la información establecida por la legislación vigente. En su mano también está la elección de los miembros de la Comisión de Control del fondo de pensiones que controla el cumplimiento del Plan, entre otras muchas funciones.
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Quisiera saber si un Plan de Pensiones cuyas únicas aportaciones las ha realizado el promotor., en caso de divorcio en régimen de gananciales, está PP se tendría que dividir al 50%
Gracias
Hola Jose Antonio,
De acuerdo a la consulta realizada en nuestro servicio, le comentamos que conforme al Codigo Civil establece que:
Artículo 1347
Son bienes gananciales:
• 1.º Los obtenidos por el trabajo o la industria de cualquiera de los cónyuges
Por lo que ese plan de pensiones se podría considerar ganancial. Un saludo
Hola, tengo un PPA del cual ya he empezado a cobrar prestación, tipo renta mensual, (por lo que soy beneficiario), el caso es que si quiero traspasarlo me dicen que no puedo al ser beneficiario y que tendría que volver a ser participe, si paralizo la renta ¿ volvería a ser participe ?
Gracias y Saludos
Hola Chesus,
Si paraliza la renta seguiría siendo beneficiario. Un saludo